Legislación en Salud y Normas de Atención


Legislación en Salud y Normas de Atención.


Legislación en Salud.

La legislación en salud se concibe como el conjunto de leyes necesarias para la implementación de las políticas de salud, frente a la evolución de las funciones del Estado y a su nueva relación con la sociedad civil. Se hace indispensable el continuo perfeccionamiento de la legislación de salud existente, con el propósito de actualizar la definición y asegurar el cumplimiento de los deberes y derechos relativos a la salud, por parte de los ciudadanos, las organizaciones privadas y el Estado.

Sistema de Salud en Guatemala.

El Sector Salud comprende, en primer lugar, al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), el cual formalmente brinda atención a 70% de la población.


Estructura de las Normas de Atención en Salud Integral.












Comentarios

  1. Se debe llevar una estabilidad entre salud y las políticas de salud, para eso existe la legislación en salud y normas de atención, en Guatemala no se aplica de manera correcta el derecho a la salud ya que no hay suficientes insumos médicos como infraestructuras para la población que tenga necesidad de estos de manera gratuita.

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  2. La legislación es una función de regulación o facultad normativa de la Autoridad de Salud Nacional es lo que le permite, en cumplimiento del mandato de velar desde el Estado, por el bien público en materia de salud, abordar los problemas de Salud Pública, para controlarlos y, si es posible, evitarlos o detenerlos oportunamente.

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  3. El derecho a la salud requiere que los gobiernos cumplan "obligaciones mínimas", los bienes y servicios de salud deben estar disponibles en cantidad suficiente, con acceso público, étnica y aceptabilidad cultural, y de buena calidad, como se indica en la Observación General 14 del Comité del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

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  4. La legislación constituye el mecanismo por el cual el estado, en pos del bien común , sienta las bases para equilibrar los intereses en competencia de la sociedad.
    En el marco de la salud, esta función adquiere una importancia especial en razón del carácter de bien común de la materia a regular y de la necesidad de crear mecanismos que, siendo capaces de garantizarla en condiciones de igualdad, contemplen la necesidad de reconocer la diferencia de situación en la que se encuentran los individuos para alcanzarla, y permitan actuar consecuentemente.

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  5. Tener en cuenta que hay leyes que rigen la nación para poder brindar a la población seguridad de que recibirá la mejor atención en los Centro de salud a los que ellos asistan gracias a varios artículos de nuestra Constitución así lo decretan, tal como lo dice en Constitución Política de Guatemala. ARTICULO 1. Del derecho a la salud. Todos los habitantes de la República tienen derecho a la prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de su salud, sin discriminación alguna. Y así como futuros profesionales tener en mente que estas leyes protegen tanto a la población como a nosotros.

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